Junta de subastas no tenía que evaluar oferta ambigua o determinar si una oferta—que no se ajustó a las especificaciones­—era similar a lo requerido

Junta de subastas no tenía que evaluar oferta ambigua o determinar si una oferta—que no se ajustó a las especificaciones­—era similar a lo requerido

El TA confirmó una adjudicación de contratos para el suministro de

equipo para el Departamento de Educación. La Junta de Subastas del Departamento concluyó que Girard Manufacturing no cumplió con lo requerido y no representó los mejores intereses del Departamento.

Entre otras razones, la Junta sostuvo que la oferta de Girard, sobre algunas partidas, no cumplía con la especificación de pintura requerida (Powder Coating y Nylon Glide). De igual forma, sobre otras partidas, la Junta sostuvo que Girard no indicó si el tope de la mesa ofrecido cumplía con las especificaciones, específicamente si el tope era “5/8 High Impact Thermoset”.

Girard argumentó que la Junta actuó de manera arbitraria, ilegal e irrazonable al así concluir. Explicó que, de su oferta, surgía que la pintura ofrecida era una pintura en polvo, la cual era igual a la solicitada. Sobre el tope de mesa, Girard sostuvo que el ofrecido era “igual o similar” al solicitado.

El TA rechazó ambos argumentos. Sobre el primero, sostuvo que la propuesta de Girard no especificó con claridad que la pintura era la misma que exigió la Junta en el Pliego de Subasta. Así, concluyó que la Junta no estaba obligada a considerar ofertas con frases ambiguas que crearan incertidumbre.

Sobre el tope de mesa, el TA concluyó que Girard no se ajustó a lo requerido. El foro apelativo explicó que la Junta no estaba obligada a aceptar una oferta de un equipo “similar” al solicitado.

En términos generales, coincido con el TA en que era responsabilidad de Girard explicar con claridad en su oferta (no en el recurso de revisión) cómo la pintura y el tope de mesa ofrecido cumplían con lo requerido en el Pliego de Subasta.

Si Girard lo hubiese hecho pero la Junta de todas formas concluía que, en efecto, la oferta no cumplía, entonces pienso que el peso pasaba de Girard a la Junta para explicar por qué la oferta no cumplía con el Pliego.

Otro asunto que conviene destacar es que Girard argumentó que ofreció el precio más bajo si se consideraban las partidas 1, 2, 3, y 5 en conjunto. No obstante, el TA coincidió con la Junta en que Girard no cumplió con los requisitos, ya que el precio ofrecido por Girard para las partidas 1, 2, y 3 excedió el presupuesto para esas partidas. Por ello, el TA determinó que Girard no era elegible para que se le otorgara la buena pro de las partidas 1, 2, 3, y 5.

En mi opinión, esta última conclusión merecía mayor discusión por la Junta y el TA. Esto, ya que si el precio ofrecido por Girard para las partidas 1, 2, 3, y 5 era el menor, y cumplía con lo presupuestado para esas partidas, no veo por qué es un incumplimiento material que Girard excedió lo presupuestado para las partidas 1, 2, y 3; si las partidas 1, 2, 3, y 5 tenían que ser adjudicadas al mismo licitador pienso que lo importante era el precio ofrecido por todas estas en conjunto.

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