Suficiencia del precio cotizado por contratista para pagar el salario mínimo es inconsecuente a la adjudicación de subasta impugnada, según

Suficiencia del precio cotizado por contratista para pagar el salario mínimo es inconsecuente a la adjudicación de subasta impugnada, según

Tribunal de Apelaciones En todo proceso de compra gubernamental es necesario evaluar la razonabilidad del precio ofrecido. Esto comúnmente implica determinar si el precio es demasiado alto, tomando en consideración la experiencia del

oficial adjudicador, los precios pagados por bienes o servicios similares en el pasado, y las tendencias pertinentes en el mercado, tales como inflación, oferta, demanda, entre otros.

Sin embargo, a veces puede ser necesario evaluar si el precio es demasiado bajo. Un precio demasiado bajo puede implicar que el licitador no entendió los requisitos de la licitación. También puede ser una señal de que el licitador contempla atajos o medidas que afectarán la calidad del bien o servicio ofrecido.

La evaluación sobre si un precio es demasiado bajo se conoce en el ámbito federal como “price realism analysis”. La GAO ha determinado que las agencias no pueden tomar en consideración si el precio es realista a la hora de evaluar ofertas a menos que así se haya divulgado en el pliego de subasta.

Un panel del TA recientemente concluyó algo parecido. West Security Services impugnó la adjudicación de una subasta para servicios de seguridad a Unique Security por parte de la Junta de Subastas del Municipio de Isabela.

Entre otros argumentos, West sostuvo que la Junta “no indicó el precio que fue cotizado por la entidad agraciada, por lo que no sabe si esta podrá pagar el salario mínimo a sus empleados.” No obstante, para el TA “el hecho de que el precio cotizado por Unique Security sea suficiente o no para pagarle el salario mínimo a sus empleados [es] un asunto inconsecuente a la adjudicación de la subasta impugnada.” En otras palabras, lo importante—por lo menos en el contexto de una revisión administrativa—es el precio, no los costos que el contratista contempló para llegar a ese precio.

Aunque ciertamente puede haber razones de peso para evaluar si el precio es real—después de todo, a nadie le conviene que el contratista fracase o no sea capaz de cumplir con lo que se comprometió—para tomar eso en consideración al evaluar las ofertas ese criterio se tiene que haber divulgado en el pliego de subastas.

De igual forma, el TA rechazó los demás planteamientos de West, por lo que confirmó la adjudicación de la buena pro a Unique.

Need Legal Assistance in Puerto Rico?

Riefkohl Law provides experienced legal counsel across a wide range of practice areas. Explore our resources:

Call (787) 236-1657 or schedule a consultation to discuss your legal needs.

Previous
Previous

Agency Properly Rejected Proposal Submitted to Wrong Email A protester’s proposal was rejected as late by the Department of Homeland Security after

Next
Next

Formulario de fianza de licitación no enmendó el Pliego de Subasta Ante un conflicto entre el formulario provisto por la Autoridad de Acueductos