Tribunal Rechaza Defensa de Municipio Contra Cobro de Dinero Basada en Ausencia de Contrato Vigente El 15 de enero de 2020 el Municipio presentó
Tribunal Rechaza Defensa de Municipio Contra Cobro de Dinero Basada en Ausencia de Contrato Vigente El 15 de enero de 2020 el Municipio presentó
CONTESTACIÓN A LA
DEMANDA en donde niega los hechos esenciales de la causa de acción. Expone que para el momento en que el Municipio emitió la orden de reinicio de trabajo no existía un contrato vigente entre las partes, ya que este había vencido el 31 de diciembre de 2019.11 Enfatiza que la orden de reinicio no es un contrato que cumpla con los requisitos de forma para considerarse como uno y que el funcionario que emitió la orden carece de autoridad legal para suscribir contratos que obliguen al Municipio.12 Alega que para el periodo del 20 de abril de 2018 al 20 de mayo de 2018 no existía un contrato vigente y cualquier pago recibido en ese periodo sería uno ilegal.13 Indica que el demandante facturó una cantidad de $161,408.07, de los cuales alegadamente cobró $145,267.27 equivalentes al 90% de lo facturado.14 El Municipio sostiene que no le debe dinero al demandante y que éste último le adeuda los pagos recibidos sin derecho a ello.15 Enfatiza que al momento de suscribir el Acta de Reinicio no existía un contrato válido y vigente entre las partes El demandante presentó una CONTESTACIÓN A LA RECONVENCIÓN en donde, en esencia, expone que el contrato original tenía vigencia hasta el 30 de septiembre de 2016 y que el mismo fue emendado para extender su vigencia.35 Así mismo, indica que al momento de la suspensión de los trabajos el Proyecto se encontraba dentro del término, el cual vencía el 30 de septiembre de 2017.36 Sostiene que los contratos de construcción terminan con la finalización de las obras y cierre administrativo del proyecto, a diferencia de los contratos por servicios profesionales.37