Requisitos de la Ley 60 en 2026: La Lista Completa de Elegibilidad

Todos los requisitos para cualificar — y conservar — un decreto de Ley 60 en Puerto Rico, en un solo lugar, con enlaces a los detalles que importan para su situación.

← Volver a Recursos

Contenido vigente a julio de 2026. Esta página ofrece información general, no asesoría legal ni contributiva, y no crea una relación abogado-cliente. Los requisitos los fijan la ley y el reglamento y cambian; confirme las reglas vigentes con un abogado cualificado antes de actuar.

Primero: ¿para cuál decreto solicita?

“Ley 60” es una sombrilla. Los dos decretos que atraen a la mayoría de quienes se mudan tienen requisitos distintos, así que empiece por identificar el suyo:

  • Capítulo 2 — Inversionista Residente Individual. Para personas que se mudan a Puerto Rico y buscan 0% (o, después de 2026, 4%) de impuesto de Puerto Rico sobre intereses, dividendos y ganancias de capital posteriores a la mudanza.
  • Capítulo 3 — Servicios de Exportación. Para un negocio en Puerto Rico que vende servicios a clientes fuera de Puerto Rico, con una tasa corporativa de 4% y una exención de 100% sobre distribuciones.

Algunas personas necesitan ambos — un decreto individual y uno de negocio — y los requisitos se acumulan. Comience con el resumen de la Ley 60 →

El requisito central: residencia bona fide en Puerto Rico

Nada más importa si usted no es residente bona fide de Puerto Rico bajo el IRC §937. Debe cumplir las tres pruebas, todos los años:

  • Prueba de presencia — por lo general, al menos 183 días al año en Puerto Rico (existen días alternos de refugio seguro, pero 183 es la regla práctica).
  • Prueba de hogar contributivo — su lugar principal de negocio o empleo debe estar en Puerto Rico.
  • Prueba de conexión más estrecha — su hogar, familia, pertenencias, banca, licencia de conducir, registro de votante y vínculos comunitarios deben centrarse en Puerto Rico y no en el continente.

Los 183 días por sí solos no bastan; incumplir cualquiera de las tres pruebas puede descalificar su residencia durante todo el año. Lea la guía de residencia y reglas de fuente de ingresos →

El requisito de la fecha límite

Cuándo establece la residencia cambia lo que recibe. Para asegurar la tasa de 0% en el decreto de Inversionista Individual, por lo general debe convertirse en residente bona fide antes del 31 de diciembre de 2026; quien se mude después enfrenta la nueva tasa de 4% sobre ingreso pasivo. La fecha de radicación y la fecha de mudanza no son lo mismo, y la diferencia puede valer mucho. ¿Mudarse en 2026 o solo radicar? Vea las reglas de fecha límite →

Las obligaciones continuas (aquí es donde se pierden los decretos)

El decreto es un contrato con el gobierno. Conservarlo requiere:

  • Comprar una vivienda en Puerto Rico dentro de dos años — una residencia principal comprada a un vendedor no relacionado, poseída personalmente o en un fideicomiso cualificado (no en una LLC). Solo para el decreto de Inversionista Individual.
  • Donación caritativa anual de $10,000 — a partir de su segundo año contributivo, dividida 50/50 entre dos organizaciones sin fines de lucro cualificadas de Puerto Rico, una de ellas dedicada a la pobreza infantil.
  • Informe anual con un cargo de $5,000 — radicado ante el DDEC (Oficina de Incentivos) cada año.
  • Certificado de cumplimiento bienal — un Informe de Cumplimiento periódico, con un cargo profesional aparte.
  • Mantener la residencia bona fide todos los años — las pruebas anteriores no son una puerta de una sola vez, sino una anual.

Incumplir estas obligaciones expone a multas — o a la revocación del decreto. Manténgalas en un solo calendario: vea las fechas clave de la Ley 60 →

Requisitos adicionales para el decreto de Servicios de Exportación (Capítulo 3)

Un decreto de negocio añade requisitos de sustancia: un negocio genuino en Puerto Rico, servicios efectivamente realizados desde Puerto Rico para clientes fuera de Puerto Rico (el requisito de exportación), un nexo real con la Isla y, en muchos casos, empleados. Estructurar la entidad y documentar el nexo de exportación es donde la mayoría de los decretos del Capítulo 3 se ganan o se pierden.

El requisito que todos olvidan: sus obligaciones federales continúan

Un decreto de Ley 60 es un resultado de Puerto Rico. No termina sus obligaciones federales de EE. UU. Usted sigue siendo contribuyente estadounidense: por lo general aún radica una planilla federal, radica el Formulario 8898 en el año de la mudanza e informa a nivel mundial (FBAR, FATCA). Los dueños de negocios con una compañía extranjera siguen enfrentando GILTI y Subpart F. Equivocarse aquí es una sorpresa común y costosa:

Qué cambió para 2026 en adelante

La Ley 38-2026 (HB 505) extendió el programa hasta 2055 pero endureció los términos: una tasa de 4% sobre ingreso pasivo para quienes soliciten después de 2026, un período de no residencia de seis años, y confirmó las cifras de cargo anual y donación anteriores. Si está calculando el momento de mudarse, estos cambios definen las matemáticas.

¿Realmente le conviene?

Cumplir los requisitos en papel no es lo mismo que la Ley 60 valga la pena. Dos autoevaluaciones honestas antes de gastar dinero: confirme su panorama de residencia y su mezcla de ingresos, y revise el costo total anual del programa antes de solicitar.

Preguntas Frecuentes

Para el decreto de Inversionista Residente Individual: convertirse y mantenerse como residente bona fide de Puerto Rico bajo el IRC §937 (las pruebas de presencia, hogar contributivo y conexión más estrecha), comprar una residencia principal en Puerto Rico dentro de dos años, hacer una donación caritativa anual de $10,000 a partir del segundo año, radicar un informe anual con un cargo de $5,000 y obtener un certificado de cumplimiento bienal. El decreto de Servicios de Exportación añade requisitos de sustancia y exportación del negocio. Sus obligaciones federales de radicación e informes continúan durante todo el proceso.

Por lo general, al menos 183 días al año en Puerto Rico bajo la prueba de presencia — pero esa es solo una de tres pruebas. También necesita su hogar contributivo y su conexión más estrecha en Puerto Rico. Existen días alternos de refugio seguro, pero depender de ellos sin cumplir las pruebas de hogar contributivo y conexión más estrecha es arriesgado, y cualquier parte de un día puede contarse distinto cuando su antiguo estado de alta tributación audita su salida.

Para el decreto de Inversionista Residente Individual, sí — debe comprar una residencia principal en Puerto Rico dentro de dos años de obtener el decreto, a un vendedor no relacionado, poseída personalmente o en un fideicomiso cualificado (no mediante una LLC). Debe ser su residencia principal real, coherente con la prueba de conexión más estrecha. El decreto de Servicios de Exportación (de negocio) no conlleva este requisito de residencia personal.

Recursos Relacionados

¿Quiere una respuesta clara sobre si cualifica?

Hacemos un diagnóstico de elegibilidad e impacto contributivo — panorama de residencia, mezcla de ingresos, fecha límite y las piezas federal, de Puerto Rico y del estado anterior — para que solicite con confianza, no con conjeturas.

Agendar Consulta

The information on this page is for general educational purposes only and does not constitute legal or tax advice. Act 60 eligibility and obligations depend on individual circumstances and on statutes and regulations that change. No attorney-client relationship is formed by viewing this content. For advice specific to your situation, schedule a consultation.